Líneas de vida horizontales
Sistemas de líneas de vida, bajo cubierta, sobre cubierta, laterales. Nos adaptamos a sus necesidades.
Líneas de vida Verticales
El sistema de líneas verticales pueden ser de dos maneras por rail o cable.
Horizontal Líneas acabado Kits
Este sistema de línea de vida es un kit ya montado, con saber la distancia entre puntos se envía todo el kit completo.
¿Qué Normativa aplica a las Líneas de Vida?
La normativa que aplica a las lineas de vida y las disposiciones mínimas de seguridad y salud son:
La Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, el R.D. 486/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo,
El R.D. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
El R.D. 1627/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de Construcción.
En edificaciones ya existentes el real decreto R.D. 486/97 y el R.D. 2177/2004 obligan a utilizar sistemas de seguridad que garanticen la realización de trabajos dentro de los niveles de seguridad que la ley 31/95 Sobre Prevención de Riesgos Laborales dice.
Así mismo, Las líneas de vida en edificios de nueva construcción, deben de estar previstas en el proyecto, el CTE en su parte SU, señala la necesidad de prever el mantenimiento futuro de las edificaciones.
La regulación normativa de las líneas de vida viene señalada por la norma UNE 795, en la cual nos indican los diversos tipos de línea y anclajes así como la resistencias mínimas que estos sistemas deben de tener para poder pasar el criterio de homologación.
LEYES
Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE.10.11.1995)
REALES DECRETOS
1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción (BOE. 25.10.1997)
2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el RD. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. (BOE.13.11.2004)
RD 486/97 Sobre Lugares de trabajo.
485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. (BOE. 23.4.1997)
773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. (BOE. 12.6.1997)
1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.( BOE. 28.11.1992)
1215/1997 de 18 de Julio, sobre disposiciones mínimas en la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo (BOE. 7.8.1997)
487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores. (BOE. 23.4.1997)
614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. (BOE. 21.6.2001) Resolución de 1 de agosto de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se inscribe en el registro y publica el IV Convenio Colectivo General del Sector de Construcción. (BOE. 17.8.2007).
NORMAS UNE APLICABLES
UNE-EN 795:1997. Protección contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos. UNE-EN 795/A1:2001
UNE-EN 341:1997. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos de descenso
UNE-EN 353-1-2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Parte 1: Dispositivos anti caídas deslizantes sobre línea de anclaje rígida.
UNE-EN 353-2-2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Parte 1: Dispositivos anti caídas deslizantes sobre línea de anclaje flexible
UNE-EN 354:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Elemento de amarre
UNE-EN 355:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Absorbedores de energía
UNE-EN 358:2000. Equipos de protección individual para sujeción en posición de trabajo y prevención de caídas de altura. Cinturón de sujeción y retención y componentes de amarre de sujeción
UNE-EN 360:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos anti caídas retráctiles
UNE-EN 361:2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Arneses anti caídas
UNE-EN 362:2005. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Conectores
UNE-EN 363- 2002. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Sistemas anticaídas
UNE-EN 364: 1993. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Métodos de ensayo
UNE-EN 365:2005. Equipos de protección individual contra caídas de altura. Requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje.
UNE-EN 1004:2006. Torres de acceso y torres de trabajo móviles construidas con elementos prefabricados